22/2/13
Cuando hablamos de cárceles en Venezuela siempre lamentablemente la asociamos con trasgresión de derechos fundamentales. No solo a los privados de libertad sino contra sus familiares.
Uno de nuestros principales problemas carcelarios consiste en el hacinamiento, podríamos señalar que en Venezuela existen aproximadamente 45 mil privados de libertad repartidos en 35 centros penitenciarios oficiales, con una capacidad estructural para 15 mil internos, así como en cuanto organismo policial cuente con al menos un calabozo todo es permitido a la hora de paliar este mal que ha ido invadiendo los espacios de las policías, debido principalmente a la ausencia de las debidas estructuras físicas, producto no solo de la inexistencia de políticas criminales, que facilita que la población reclusa siga creciendo, mas aun si las leyes siguen como están tras las continuas reformas al Código Orgánico Procesal Penal, y la promulgación de leyes penales reforzando el abuso de la prisión preventiva, dificultades para el otorgamiento de los llamados beneficios penitenciarios, no potenciar el cumplimiento de las medidas alternativas al cumplimiento de la pena, el alargamiento de las penas, siendo estas las causas principales de este incremento penitenciario.
Vemos a través de los medios de comunicación que el Ministerio de Servicio Penitenciarios implementó un plan, el cual hasta los momentos seria el mayor programa de construcción penitenciaria de la historia de nuestro país, que consistirá en la creación de 24 nuevos centros penitenciarios, aun desconocemos cuando y donde serán construidas. De hecho como he comentado con anterioridad así verá este gobierno el comunal problema que representa el sistema penitenciario que optó por crear un Ministerio especializado. La pregunta seria ¿Y por qué, aun reconociendo todo esto, apuestan por la creación de más cárceles y no por otro tipo de alternativas más baratas y eficaces? Como seria otorgar las debidas medidas cautelares y alternativas, quizás el seguimiento a través de dispositivos electrónicos y no buscar remedio para el mal de inseguridad que también padecemos en las privaciones indiscriminadas.
Otro problema que aqueja al sistema penitenciario es la situación sanitaria en las cárceles y estado de salud de las personas privadas de libertad. Las cárceles están igual o peor de lo que estaban antes. Hoy por hoy mueren hasta dos personas diarias por motivos y circunstancias no naturales donde igualmente observamos cuando de enfermos se trata una falta, interrupción o inadecuado tratamiento médico, existen personas enfermas y con necesidad de un tratamiento médico especializado que no tienen, agravando por supuesto las patologías presentadas mas aun cuando pareciera que los jueces de ejecución como por ejemplo la juez 1era de ejecución del estado Aragua, Dorita De Freitas, conocida principalmente por conocer de esta etapa del proceso de los presos políticos del llamado caso 11 de abril, emblemático por todas y cada una de las irregularidades legales que allí se han presentado, ayer conocimos una decisión de la citada juez donde dictaminó que no era necesario el otorgamiento de una Medida Humanitaria al Comisario Iván Simonovis, por según ella no ser de gravedad o terminal, y en su lugar le cambió el destino del centro penitenciario o quizás el destino de su estado de salud, ya que si ella cumpliera con lo preceptuado en el artículo 471 de nuestro código adjetivo, conocería que es un edificio, que el mismo quedó recluido en un quinto piso y para hacer vida en esa cárcel deberá bajar y subir varias veces al día esa estructura física, ¿como se imagina ella que un enfermo con las características conocidas de un debilitamiento óseo vaya a curarse bajo esas circunstancias?. No obstante y bajo la misma decisión también nombró enfermero particular del Comisario Simonovis al Director del penal, situación que desde ya generará discordia entre la autoridad y el interno, porque suponemos que el Director tendrá actividades mas importantes que ser custodio enfermero.
La ley exige que haya una debida atención médica y esto nunca se ha implementado. Las cárceles son verdaderos depósitos de enfermos abandonados, puesto que el estado de salud tanto mental como físicas de la población encarcelada registra índices incluso desconocidos, ya que en este país no existen registros epidemiológicos de los recintos penitenciarios y mucho menos asistencia médica, el solo hecho de mantener encerrada a una persona sin las condiciones necesarias ya debe ser motivo de preocupación mas aun si no se le da el acorde tratamiento.
La cárcel no es para resocializar, la cárcel está para sufrir y esto está legitimado socialmente. En realidad el problema no es sólo que hay enfermedades en la cárcel, sino que la cárcel es una fábrica que produce de un modo intensivo enfermedad psíquica y física. La cárcel es un espacio que genera problemas básicos de enfermedad y precisamente ahí radica la principal desviación al cumplimiento del derecho a la salud: es incompatible preservar la salud física y psíquica de una persona cuando la misma por la forma en que se gobierna en una institución diseñada para producir y reproducir enfermedades comunes e irreversibles.
En nuestras cárceles se aplica la pena de muerte sin que lo prevea nuestra carta magna o las leyes penales, no solo por la cantidad de muertos diarios debido a la violencia intramuros, sino al no dársele el debido tratamiento a los enfermos, entendiendo por persona enferma aquella que necesita tratamiento y seguimiento médico especializada o una hospitalización.
Estoy convencida que la apuesta por políticas criminales, sociales y penitenciarias para luchar contra la exclusión y la desigualdad es la solución, no la inflación punitiva y el recurso a la criminalización que hemos vivido en los últimos 14 años.